Código de Conducta Deportiva CWS
Como parte de la Normativa CWS para la temporada 2007/08, todos los jugadores (con el visto bueno de sus padres para los menores de edad) están firmando el Código de Conducta Deportiva. El compromiso que supone era ya obligado en cursos pasados, pero este año se ha formalizado en un documento que refleja el comportamiento del jugador CWS.
Es este:
1. Los deportistas mantendrán en todo momento (entrenamientos, desplazamientos, competición y cualquier actividad en la que representen al Club) un Comportamiento Deportivo en las acciones y las palabras, mostrando un trato respetuoso a compañeros (CWS o de cualquier otro club) técnicos, directivos, árbitros, etc.
2. Puntualidad: Ha de ser exquisita en todo momento, pero especialmente en las horas de inicio de la actividad. Cualquier retraso o ausencia previsible será comunicada anticipadamente al técnico responsable.
3. Los jugadores CWS se abstendrán del uso de Medicamentos, Drogas o cualquier otra sustancia que pueda alterar su desarrollo físico. Se comunicará al técnico responsable el uso de algún medicamento por si incurre en ilegalidad para la actividad deportiva.
4. La imagen del Club es un elemento de vital importancia. Por ello, la Indumentaria de los jugadores deberá tener en cuenta esta circunstancia. La equipación básica será obligatoria en toda competición y desplazamiento en el que el jugador represente el Club. Los jugadores deberán recordar que, vistiendo el uniforme CWS, su comportamiento no solo afecta a ellos, sino a toda la entidad.
5. Los jugadores serán responsables de los Daños y Desperfectos en los materiales, recursos o instalaciones que hayan sido causados por negligencia o mal uso.
6. Durante los Desplazamientos para un entrenamiento, competición o partido, los jugadores CWS siguen sometidos a la disciplina del Club. Se extremará el cuidado en un comportamiento correcto siguiendo las instrucciones del responsable de la expedición. Este punto exigirá de todos una mayor atención en aquellos desplazamientos en los que hubiera que pernoctar fuera del domicilio.